¿Ley
habilitante para qué?
Nicmer N. Evans
evansnicmer.blogspot.com
@NicmerEvans
La Ley Habilitante es una
facultad constitucional para otorgar poderes legislativos al Poder Ejecutivo, y
eso no se discute. Si se cumplen los requisitos para tal fin, nadie puede
refutar esa acción al menos que acompañe su queja con una propuesta de reforma
constitucional o pretenda desestabilizar políticamente al país. Que cómo se
consiguieron los votos para sancionar favorablemente la Ley Habilitante, eso es
arena de otro costal. En todos los parlamentos del mundo existen parlamentarios
que venden sus votos y posturas públicas y asumen que su curul es un negocio
político, eso lo practicó la IV y la V república no es la excepción de la
regla.
El verdadero asunto político
de la Ley Habilitante es para qué se va a aplicar y los referentes existentes. El
20 de noviembre de 2013 se publicó en la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.112 los poderes especiales
otorgados por la Asamblea Nacional al presidente Nicolás Maduro durante un año.
La justificación de la Ley
Habilitante, en aquel momento, fue la “lucha contra la corrupción” y la “defensa de la economía”.
En los últimos 26 días de
noviembre de 2014, el Ejecutivo aprobó
50 decretos que abarcaron no solo el ámbito mercantil, sino
que también se apoyó en el recurso legislativo para cambios estructurales de la
administración pública y en el tema de los cuerpos de seguridad. Dichas
leyes fueron:
Leyes para la economía: 1.
Ley de la Juventud Productiva (gaceta 40.540), 2. Ley Antimonopolio (gaceta
extraordinaria 6.151), 3. Ley para la Reserva de Exploración y Explotación del
Oro (gaceta extraordinaria 6.150), 4. Ley del Código Orgánico Tributario
(gaceta extraordinaria 6.152), 5. Ley para las Inversiones Extranjeras (gaceta
extraordinaria 6.152), 6. Ley Sobre Inmunidad Soberana de los Activos de los
Bancos Centrales u Otras Autoridades Monetarias Extranjeras (gaceta
extraordinaria 6154), 7. Ley Orgánica de Administración Financiera (gaceta
extraordinaria 6.154), 8. Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos (gaceta
extraordinaria 6.150), 9. Ley de Pesca y Acuicultura (gaceta extraordinaria
6.150), 10. Ley para la Promoción y Desarrollo de la Pequeña y Mediana
Industria y Unidades de Propiedad Social (gaceta extraordinaria 6.151), 11. Ley
Marinas y Actividades Conexas (gaceta extraordinaria 6.153), 12. Ley Orgánica
de los Espacios Acuáticos (gaceta extraordinaria 6.153), 13. Reforma Parcial de
la Ley Orgánica de Precios Justos (gaceta extraordinaria 6.156), 14. Reforma de
la Ley de Alimentación para los Trabajadores (gaceta extraordinaria 6.147), 15.
Reforma del Impuesto Sobre la Renta (gaceta extraordinaria 6.152), 16. Reforma
de la Ley que Establece el Impuesto al Valor Agregado (gaceta extraordinaria
6.152), 17. Reforma Parcial Ley de Tasas Portuarias (gaceta extraordinaria
6.150), 18. Reforma de Ley Orgánica de Aduanas (gaceta extraordinaria 6.155),
19. Reforma Ley de Impuestos sobre Cigarrillos y Manufacturas de Tabaco (gaceta
extraordinaria 6.151), 20. Reforma Ley Impuestos sobre Alcohol y especies
Alcohólicas (gaceta extraordinaria 6.151). Leyes sobre la administración
pública: 21. Ley para Establecer los Lineamientos de Financiamiento a las
Organizaciones de Base del Poder Popular (gaceta 40.540), 22. Ley Orgánica de
Misiones, Grandes Misiones y Micromisiones (gaceta extraordinaria 6.154), 23.
Ley para la Simplificación de Trámites Administrativos (gaceta extraordinaria
6.149), 24. Ley de Regionalización Integral para el Desarrollo Socioproductivo
de la Patria (gaceta extraordinaria 6.151), 25. Ley Misión Agrovenezuela
(gaceta extraordinaria 6.151), 26. Reforma Ley Contrataciones Públicas (gaceta
extraordinaria 6.154), 27. Ley del Banco Agrícola de Venezuela (gaceta extraordinaria
6.154), 28. Ley Orgánica de Bienes Públicos (gaceta extraordinaria 6.155), 29.
Reforma de la Ley Orgánica de Identificación (gaceta extraordinaria 6.155), 30.
Ley del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (gaceta
extraordinaria 6.155), 31. Ley de Registros y del Notariado (gaceta
extraordinaria 6.156), 32. Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional
Bolivariana (gaceta extraordinaria 6.156), 33. Reforma Parcial de la Ley de
Timbres Fiscales (gaceta extraordinaria 6.150), 34. Reforma de la Ley Orgánica
para la Gestión Comunitaria de Servicios y otras Atribuciones (Gaceta 40.540),
35. Reforma Ley Orgánica para la Planificación Pública y Popular (gaceta
extraordinaria 6.148), 36. Reforma Ley de la Administración Pública (gaceta
extraordinaria 6.147), 37. Reforma Ley para el Sistema Nacional Agroalimentario
(gaceta extraordinaria 6.150), 38. Reforma Ley Contrataciones Públicas (gaceta
extraordinaria 6.154), 39. Reforma de Ley del Banco Central de Venezuela
(gaceta extraordinaria 6.155), Leyes para la seguridad, 40. Ley Orgánica de la
Fuerza Armada Nacional Bolivariana (gaceta extraordinaria 6.156), 41. Ley del
Cuerpo Nacional Contra la Corrupción (gaceta extraordinaria 6.156), 42. Reforma
de la Ley Contra la Corrupción (gaceta extraordinaria 6.155), 43. Ley de
Régimen para la Revisión, Rectificación, Reimpulso y Restructuración del
Sistema Policial y Órganos de Seguridad Ciudadana (gaceta extraordinaria
6.156), 44. Reforma de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación (gaceta
extraordinaria 6.156), 45. Ley de la Revolución Policial (mencionada por Maduro
el 20.11.2014). Ley para la ciencia: 46. Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e
Innovación (gaceta 6.151). Leyes para el turismo: 47. Ley Orgánica del Turismo
(gaceta extraordinaria 6.152), 48. Ley del Fomento de Turismo Sustentable como
Actividad Comunitaria y Social (gaceta extraordinaria 6.153), 49. Reforma Ley
Crédito y Financiamiento del Sector Turismo (gaceta extraordinaria 6.153). Ley
para la cultura: 50. Ley Orgánica de la Cultura (gaceta extraordinaria 6.154)
La pregunta hoy después de
un año y medio de haber logrado el derecho a decretar leyes por vía
habilitante, de la primera ley habilitante del gobierno del Presidente Maduro es,
¿Cuál es el balance de la “lucha contra
la corrupción” y la “defensa de la economía”?, y en segundo término,
como consecuencia del balance que hagamos debemos preguntarnos ¿Qué leyes
necesitamos hoy para garantizar la defensa y la soberanía nacional ante las
agresiones extranjeras?
Sobre el balance necesario,
sin pretender ser definitivo, hoy la situación económica habla por si misma,
pero además la creación de zonas especiales como futuros nichos de corrupción
para estatal, más tributos a los ciudadanos de a pie, y en fin, una serie de
medidas que ponen al pueblo a pagar la crisis, en contravía del legado de
Chávez y la parcial aceptación por parte del alto gobierno sobre la fuga de
capitales por más de 350 mil millones de dólares, sin que hoy haya responsables
producto de la complicidad entre la burocracia, la banca y el capital, da
lamentablemente un balance negativo que no proyecta cambiar en un corto o
mediano plazo, por ausencia de voluntad política.
Es por ello que hoy, el
verdadero riesgo del proceso revolucionario y de nuestra soberanía ante el
gobierno de Obama se encuentra, más que en una bomba, misiles, drones o
invasiones, en que el imperialismo logre exterminar éticamente al proceso
revolucionario producto de sus propias debilidades.
Las leyes derivadas de la
Ley Habilitante del 2015 no sólo deben
ser populares por su legitimidad, sino porque atiendan realmente el problema medular
de todos los venezolanos: la ausencia de confianza en que el proceso
revolucionario sigue y será capaz de resolver los problemas del país, y eso
pasa por un golpe de timón en el gobierno hacia la izquierda, con una
renovación completa del equipo de gobierno y una auditoria pública ciudadana
que le ponga rostro y nombres a los responsables del desfalco a la nación y que
haga que paguen los verdaderos responsables de la crisis.
Una ley de Auditoria Pública
ciudadana aplicada a todo el periodo de control de cambio, antes que una ley de
repatriación de capitales que debe derivarse de esta primera, son los pasos
básicos que junto a las acciones políticas lograran dar al traste con el
objetivo del gobierno de Obama de hacer desaparecer al chavismo de todo el
continente americano.
Publicada originalmente en www.elestimulo.com
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